DERECHOS DE LOS COLEGIADOS
a) Elegir y ser elegidos para cualquier cargo en cualquiera de los órganos del Colegio;
b) Participar de los beneficios que ofrezca el Colegio;
c) Ingresar y disfrutar de los beneficios de las obras de previsión social que auspicie el Colegio;
d) Solicitar protección en asuntos relativos al ejercicio profesional;
e) Recibir y colaborar en las publicaciones del Colegio;
f) Obtener carta de presentación ante instituciones extranjeras de índole similar; y
g) Participar activamente, con voz y voto, en todos los actos, reuniones, convenciones, congresos, cursos, coloquios, tertulias, conferencias, talleres, debates, estudios, mesas redondas, concursos u otras actividades socioculturales, científico-sanitarias, profesionales, recreativas y deportivas que celebre el Colegio.
DEBERES DE LOS COLEGIADOS
a) Abstenerse de formular críticas en público que atenten o afecten negativamente la honra o el honor de cualquiera de los miembros del Colegio o el buen nombre del Colegio mismo o el de sus órganos de dirección;
b) Exhibir y conducir su vida profesional y social con decoro, respeto, consideración y con el más elevado sentido ético y de solidaridad;
c) Acatar y cumplir con las disposiciones contenidas en la presente ley, su Reglamento interno y con las decisiones adoptadas por los órganos de dirección del Colegio, así como con las decisiones dictadas por el Tribunal Disciplinario;
d) Acatar y someterse a las sanciones que fueren válidamente pronunciadas e impuestas por el Tribunal Disciplinario;
e) Defender el bienestar de los odontólogos miembros del Colegio;
f) Denunciar ante el Colegio las usurpaciones que, en ejercicio odontológico, hagan personas y/o profesionales no amparados por la documentación correspondiente;
g) Participar en todas las actividades que organice o que le delegue la asamblea y/o el Comité Ejecutivo; y
h) Cumplir puntualmente con el pago de las cuotas establecidas en el Reglamento interno del Colegio.